Las elecciones sindicales son el proceso mediante el cual las personas trabajadoras de una empresa eligen a sus representantes legales, conocidos como delegados de personal o miembros del comité de empresa, dependiendo del tamaño del centro de trabajo.
Este proceso es clave para garantizar el derecho a la participación colectiva en las relaciones laborales.
¿Cuándo se celebran?
Pueden celebrarse en dos contextos:
- Elecciones ordinarias: Cada cuatro años.
- Elecciones parciales o anticipadas: Si cesan representantes, se amplía plantilla o lo solicita un sindicato con suficiente respaldo.
Son los sindicatos más representativos y las propias personas trabajadoras quienes deben promover las elecciones.
¿Quién puede votar y ser elegido?
- Votan: Todos los trabajadores mayores de 16 años con al menos un mes de antigüedad.
- Se presentan: Trabajadores mayores de 18 años con al menos 6 meses de antigüedad (salvo excepciones por convenio).
No es necesario estar afiliado a un sindicato para votar o presentarse.
Fases del proceso electoral.
- Promoción electoral: Un sindicato o grupo de trabajadores inicia el proceso e informa a la Empresa.
- Constitución de la mesa electoral: Encargada de organizar y supervisar el proceso. Está formada por la persona trabajadora con mayor antigüedad (presidente/a), el de mayor edad (vocal) y el de menor edad (secretario/a).
- Presentación de candidaturas: Por parte de sindicatos o candidaturas independientes.
- Campaña electoral: Derecho a informar y hacer propuestas.
- Votación: Se realiza en el centro de trabajo y debe garantizar el voto secreto.
- Escrutinio y proclamación de resultados.
Obligaciones de la empresa.
La empresa debe facilitar el proceso, sin interferir ni obstaculizar:
- Permitir la celebración de asambleas y votaciones.
- Facilitar los medios necesarios para que se lleven a cabo las elecciones.
- Garantizar la confidencialidad del voto.
- Respetar la libertad sindical y de participación.
No hacerlo puede suponer infracciones graves o muy graves en materia laboral, con sanciones importantes.
Número de representantes.
- Delegados de personal (empresas o centros de 6 a 49 trabajadores):
- De 6 a 10 trabajadores: 1 delegado (si lo aceptan por mayoría)
- De 11 a 30: 1 delegado
- De 31 a 49: 3 delegados
- Comité de empresa (a partir de 50 trabajadores):
| Nº de trabajadores | Miembros del comité |
|---|---|
| 50 a 100 | 5 |
| 101 a 250 | 9 |
| 251 a 500 | 13 |
| 501 a 750 | 17 |
| 751 a 1.000 | 21 |
| +1.000 | 2 por cada 1.000 o fracción, con un máximo de 75 |
Garantías de los representantes sindicales.
De acuerdo con el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores, los representantes legales de los trabajadores gozan de las siguientes garantías:
- Protección frente al despido o sanción: requieren expediente contradictorio y audiencia previa al afectado y al resto de representantes.
- Inmunidad por el ejercicio del cargo: no pueden ser sancionados ni perjudicados profesional o económicamente por sus funciones, durante su mandato y hasta un año después de cesar (salvo revocación o dimisión).
- Prioridad de permanencia en despidos colectivos.
- Libertad de expresión y distribución de información laboral o social, siempre que no altere la actividad normal y se comunique previamente a la empresa.
- Crédito horario retribuido para ejercer sus funciones, según el tamaño de la plantilla:
- Hasta 100 trabajadores: 15 horas/mes
- De 101 a 250: 20 horas/mes
- De 251 a 500: 30 horas/mes
- De 501 a 750: 35 horas/mes
- Más de 750: 40 horas/mes
- Acumulación de horas: el convenio colectivo puede permitir acumular horas entre varios representantes para liberar a uno o varios sin pérdida de salario.
Parece que hay empresas a las que la existencia de representación de las personas trabajadoras les da pavor. No obstante, en mi opinión y experiencia, la existencia de esta representación favorece el cumplimiento de la normativa, la gestión de posibles conflictos y la negociación directa con el personal de la empresa (sin tener que depender directamente de sindicatos) para las negociaciones de las cada vez más numerosas planes y protocolos negociados con los que deben contar las empresas.


Deja un comentario